Comenzamos con las experiencias de
nuestros alumnos y nuestras alumnas en las prácticas formativas que están incluidas en el plan de estudios de la séptima edición del Máster. Este módulo
cuenta con 300 horas de prácticas en empresas y suele desarrollarse en los
últimos meses del curso tras haber impartido la parte teórica del mismo.
Anadía y Rubén son los primeros en
contarnos su experiencia. Ambos han realizado las prácticas en la misma empresa
aunque en diferentes momentos temporales.
¿Qué es ATRA?
ATRA (Asociación Autónoma de
Empresarios de Talleres de Reparaciones de Vehículos de Pontevedra) es una
asociación empresarial de la provincia de Pontevedra cuya función es,
principalmente, la representación de los intereses del sector de la reparación
del automóvil ante las diversas Administraciones Públicas, es decir, la Administración Autonómica ,
los Organismos Provinciales y las Entidades Locales, así como ante otras
agrupaciones sociales o empresariales. Las actividades que implican la
realización de dicha función representativa incluyen, entre otras, la
elaboración de trámites de tipo administrativo, fiscal, laboral, industrial o
medioambiental, contando para ello con el apoyo de personal técnico y de
expertos para asesorar y solventar los problemas que puedan surgir en el seno
de los talleres.
Además, ATRA cuenta con un centro
de formación homologado por la
Xunta de Galicia para la impartición de cursos de formación
profesional, dirigidos tanto a los ya trabajadores en el sector como a
desempleados que quieren actualizar su formación.
¿Cuáles son nuestras tareas y responsabilidades en ATRA?
Actuando como técnicos
medioambientales, nuestra labor durante las prácticas recae sobre el desarrollo
de las obligaciones medioambientales que, según la legislación vigente, son
aplicables a las empresas pertenecientes al sector de reparación de vehículos,
esto es:
1. Altas, bajas y modificaciones como pequeño productor de
residuos peligrosos en virtud de:
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de
las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados.
Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el
régimen jurídico de la producción e gestión de residuos y el Registro General
de Productores y Gestores de Residuos de Galicia.
Real decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se
aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y
peligrosos.
La finalidad de este trámite es
que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental
mantengan un registro detallado de todas las empresas productoras de residuos
peligrosos, lo cual incluye a los talleres de reparación de vehículos. La mayor
parte de las empresas asociadas a ATRA tienen la consideración de pequeños
productores, ya que su generación anual de residuos peligrosos no supera las 10
toneladas.
Por ello, sus obligaciones son la
inscripción en este registro de los residuos peligrosos que se generan a
consecuencia de la actividad desarrollada en el taller así como el correcto
almacenaje de los mismos. Así, en la solicitud del alta en el registro se
deberá incluir un listado de dichos residuos (aceites, baterías, líquido de frenos,
anticongelante, restos de pintura, lodos, etc.) indicando la cantidad anual
generada y el código de identificación LER para cada uno de ellos. De igual
manera, cada residuo será separado adecuadamente en un bidón o contenedor
homologado, correctamente etiquetado y entregado con periodicidad semestral a
un gestor de residuos autorizado.
2. Realización de Informes Preliminares de Situación de
Suelos, Informes de Situación (cada cinco
años tras la presentación del anterior) e Informes de Situación por cese,
cambio de nombre o modificación sustancial tal y como se indica en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, en el
cuál se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del
suelo y estándares para la declaración de suelos contaminados que supone el
desarrollo normativo de la Ley
10/1998 en materia de suelos. Los talleres de reparación de vehículos están
obligados a la realización del mismo por la correspondencia de su CNAE (45.20
Mantenimiento y reparación de vehículos de motor).
La finalidad de este trámite es
que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental puedan
conocer la realidad de las condiciones en las que las distintas empresas
desarrollan las actividades industriales, en este caso, la reparación de automóviles,
para así poder detectar situaciones de riesgo potenciales, derivadas de la
presencia de sustancias contaminantes en el suelo.
Para ello, los talleres deberán
detallar las actividades o procesos que se llevan a cabo en las instalaciones
(mecánica, mantenimiento, chapa, pintura, lavado, etc.), especificar cuál es su
sistema de drenaje y los métodos de contención de vertidos de los que disponen,
así como incluir un listado de las sustancias, los productos, las materias
primas o los residuos (peligrosos y no peligrosos) que se almacenan y explicar
las condiciones de almacenamiento de cada uno de ellos.
La revisión quinquenal de estos
Informes implica contemplar los cambios que puedan producirse en las
instalaciones, como pueden ser la transmisión de titularidad, la ampliación de
actividades o las mejoras en cuanto a las medidas de protección adoptadas.
3. Realización de Autodiagnósticos Ambientales de Residuos
(AAR). La Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de Residuos de
Galicia, en su artículo 56 indica la obligación de que todas las
actividades industriales y/o empresas que generen residuos industriales deberán
realizar autodiagnósticos ambientales con periodicidad anual.
La finalidad de este trámite es
que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental
obtengan información actualizada de las acciones de mejora ambiental que llevan
a cabo las empresas. Consiste en responder a un breve cuestionario sobre la
situación del almacenamiento de residuos y materias primas en el taller (existencia
o no de planes de prevención, de colaboración con gestores autorizados y
proveedores, grado de segregación de residuos, etc.) y sobre las medidas que se
puedan adoptar en cuanto a la optimización ambiental de la actividad,
incluyendo la implantación de sistemas de gestión ambiental ISO 14001 y EMAS.
4. Elaboración
del Libro de Residuos La Ley
10/2008, de 3 de noviembre, de Residuos de Galicia y Real decreto
833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución
de la Ley
20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos, establecen la obligación
de disponer del Libro de Registro de Productores de Residuos.
Dicho libro será un registro de cada una de las recogidas
de los residuos generados, en las que deberá indicarse la cantidad y la
periodicidad de la recogida y quién es el gestor autorizado que se encarga de
la misma.
5. Licencias de vertidos. Se trata de un obligación medioambiental que deriva de una competencia
local, por lo que los requisitos de tramitación para la obtención de la
licencia pueden variar en cada municipio.
En caso de aquellos talleres que
efectúen vertidos de aguas residuales a la red de saneamiento municipal se
deberá solicitar una autorización ante el Ayuntamiento correspondiente en la
cual se establecerá los niveles máximos de contaminación para los que está
permitido el vertido en la red. En el supuesto de que estos niveles se superen,
el Ayuntamiento exigirá la aplicación de los elementos correctores necesarios
para revertir tal situación.
Para la solicitud de la
autorización de vertidos será necesario calcular los caudales máximos y medios
equivalentes, así como el caudal de vertido y determinar cuáles son y cuál es
el volumen generado de los residuos o fangos que deriven del ejercicio de la
actividad de reparación de automóviles. Asimismo, todos los talleres deben
abonar la correspondiente tasa de vertidos.
Nuestra experiencia personal en ATRA
Tras nuestro paso por ATRA, tanto
Anadía como Rubén afirmamos estar gratamente contentos con la experiencia
adquirida durante el desarrollo de las prácticas. El ambiente de trabajo en
ATRA es muy agradable y siempre que hemos necesitado aclarar cualquier duda o
cuestión hemos tenido detallada atención y consejo. Una vez adaptados al día a
día del trabajo, hemos sido capaces de desarrollar las actividades de manera
independiente, estando totalmente integrados en el equipo de la entidad.
“A
título personal, destacaría el hecho de haber tenido la oportunidad, durante
mis prácticas, de asesorar a las empresas asociadas. No solo porque haya sido
una tarea sumamente instructiva para mi futuro laboral si no porque ha
resultado muy gratificante el poder ayudar a otras empresas (autónomos,
pequeñas y medianas empresas, mayormente) a iniciar o continuar el ejercicio de
su actividad desde la adopción de mejoras ambientales sustanciales y del
cumplimiento de las tan necesarias obligaciones vigentes”. – Anadía
¿Quieres saber un poco más de Anadía? Consulta su perfil en este enlace.
“Por mi
parte, siento que mi paso por ATRA ha enriquecido mi perfil profesional
aportándome las nociones necesarias para poder continuar desarrollando mi
carrera en el sector medioambiental. Además, conocer la realidad que se da en
el sector automovilístico y cuál es la actuación necesaria para corregir las
deficiencias que se dan en los talleres a través del desarrollo normativo
supuso un gran aporte personal y profesional que motiva mi interés por el
sector”. - Rubén
¿Quieres saber un poco más de Rubén? Consulta su perfil en este enlace.